5 de diciembre de 2012

LA RUTA DE LAS DOS BAHÍAS O DERECHO DE PERNADA=PATALEO

Una vecina de Benalup me manda esta carta:


"Es curioso como hay personajes en este Cádiz nuestro o en este Benalup nuestro que se toman
las cosas como suyas o como si las hubiesen heredado de la misma PEPA.
Esta tarde paseando por la ruta verde “Las dos bahías”, concretamente en el tramo 2 de dicha
ruta, nos encontramos con un pastor que andaba con sus ovejas en la misma y por el celemín,
con su automóvil en plena vía verde.
El caso que este personaje nos recriminaba el pasar por dicha ruta, mientras nosotros
andábamos paseando tranquila y relajadamente. Alegando que ahuyentábamos a las ovejas.
Para quien no sepa con qué fines esta destinada dicha ruta, les invito a ver la página web
oficial:

http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/site/portalweb/menuitem.7e1cf46ddf59bb227a9ebe205510e1ca/?vgnextoid=2d9f5776eeb2a010VgnVCM1000000624e50aRCRD&vgnextchannel=321539b8301f4310VgnVCM1000001325e50aRCRD

Donde declara expresamente:
El Corredor Verde de las Dos Bahías cumple una doble funcionalidad: ecológica y socio-económica.
La función ecológica deriva de su papel como nexo de unión entre los distintos espacios naturales
que recorre. Por otro lado, el hecho de que discurra por zonas con importantes valores naturales,
culturales e históricos, contribuye a que se convierta en un marco idóneo para el desarrollo de
actividades turístico-recreativas, y en consecuencia en eje dinamizador de la economía de los
municipios que recorre.
Y yo me pregunto, ¿este hombre a quien le ha pedido permiso para que sus ovejas pasten en
dicha ruta, y en el celemín?

Y lo que más extraña que sobre unas zonas recreativas, se puedan meter animales de
pastoreo, porque siendo así, y en las fechas en las que estamos y con la que nos está cayendo
encima, cada uno de nosotros podríamos llevar allí a nuestro rebañito o a nuestra ovejita para
engordarla y poder disfrutarla en una cena familiar de estas fechas."

Bueno al respecto dejo lo que dice la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías pecuarias.

En su artículo 1 establece: "Se entiende por vías pecuarias las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero".

"Asimismo, las vías pecuarias podrán ser destinadas a otros usos compatibles y complementarios en términos acordes con su naturaleza y sus fines, dando prioridad al tránsito ganadero y otros usos rurales, e inspirándose en el desarrollo sostenible y el respecto al medio ambiente, al paisaje y al patrimonio natural y cultural".

El artículo 17 de la misma ley establece: "Se consideran usos complementarios de las vías pecuarias el paseo, la práctica del senderismo, la cabalgada y otras formas de desplazamiento deportivo sobre vehículos no motorizados siempre que respeten la prioridad del tránsito ganadero".

Por tanto, a mi entender, ambas actividades son compatibles y el viandante puede pasear tranquilamente por el corredor haciendo lo posible para que las ovejas no se asusten.

El pastor tiene prioridad en el uso de la vía pecuaria, pero en este caso habría que ver si el pastor no usa la vía pecuaria como tránsito ganadero, sino como aprovechamiento continuo, lo cual impediría que los usos complementarios de la vía pecuaria se realizaran con normalidad.

Para el pastoreo en las zonas fuera de la vía pecuaria el pastor debería tener las correspondientes autorizaciones del organismo que gestiona los terrenos que deja libres el embalse cuando baja de nivel: Agencia andaluza del Agua (aunque ya con tantas reestructuraciones de organismos autónomos, no se que habrá sido de esta Agencia).

Busquen señores "Pernada" en el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua que para eso es el oficial actualmente y dejen ya la Wikipedia y las historias de la Edad Media que ya se pasaron aquellos tiempos en que el Derecho de Pernada significaba que el señorito tenía derecho a acostarse con la mujer de su vasallo antes que él, que no le confundan las malas lenguas.

2 comentarios:

  1. En cuanto al vehículo del pastor en la vía verde, una vez más la Ley va por detrás de la realidad. ¿Por qué el pastor no va a poder tener un vehículo donde se refugie, por ejemplo, de las lluvias? También los pastores tienen derecho a tener un mínimo de dignidad.

    De un hijo de pastor y ayudante de pastor que en aquellos años 1985 a 1991 no pudo tener el lujo de tener un coche e iba andando con lluvia, sol, viento, niebla, etc.

    Los trabajadores del campo también tienen derecho a tener "DERECHOS", que bastantes deberes tienen en uno de los trabajos más duros que hay.

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  2. Gracias por este comentario,en nuestro Benalup hay personajes que le molesta ver como se ganan la vida dignamente.Tú si has sido pastor sabrás que ningún rebaño se espanta si las personas van relajadamente andando como dice esta señora.

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